El mes que viene empieza a regir el último tramo del aumento del 28% fijado el año pasado
En febrero las empleadas domésticas dentro del régimen de trabajo en casas particulares recibieron el segundo tramo del aumento del 28% en tres partes fijado el año pasado y previsto para los meses de diciembre, febrero y abril.
Dentro de ese cronograma, todavía queda previsto un aumento más para el sueldo de abril del 10% sobre el salario que se abonaba antes del ajuste. En diciembre se aplicó un 10%, en febrero un 8% y el último 10% pasa a computarse el mes que viene.
Para quienes pagan en forma semanal, el aumento es de aplicación inmediata con los pagos que se realicen en ese mes. Aquellos empleadores que paguen en forma mensual, en cambio, aplicarán el último ajuste a partir de mayo.
El monto final mínimo que fija la AFIP por trabajo hogareño es diferente según categoría, modalidad y horas trabajadas.
Supervisor/a: quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.
– Hora con retiro: $223,50
– Hora sin retiro: $244,50
– Mensual con retiro: $27.928
– Mensual sin retiro: $31.108,50
Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
– Hora con retiro: $ 211,50
– Hora sin retiro: $ 232,00
– Mensual con retiro: $ 25.946,50
– Mensual sin retiro: $ 28.883,00
Empleada doméstica / caseros: personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que además vive en la misma, por contrato.
– Hora: $ 183,50
– Mensual: $ 23.337,00
Asistencia y cuidado de personas: aquellos empleados que realizan la asistencia y cuidado de otros, siendo que no realizan un tratamiento terapéutico sino que solo se cuida.
– Hora con retiro: $ 183,50
– Hora sin retiro: $ 206,00
– Mensual con retiro: $ 23.337,00
– Mensual sin retiro: $ 26.007,00
Personal para tareas generales: quienes realizan tareas del hogar, que son variadas como de limpieza, en la cocina, lavado y planchado.
– Hora con retiro: $ 171,00
– Hora sin retiro: $ 183,50
– Mensual con retiro: $ 20.987,00
– Mensual sin retiro: $ 23.337,00
Sobre la escala salarial del personal de casas particulares se establece un monto para cada categoría y modalidad de prestación. Sin embargo, en cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones: un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo (48hs semanales) y un valor por hora trabajada.
Además, los salarios del personal doméstico no se ajustan por el salario mínimo, vital y móvil porque está excluido de ese régimen. Se rigen por lo que resuelva la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Los últimos datos del Indec marcan que el personal doméstico informal o no registrado fue el más afectado por la pandemia y cuarentena.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Fuente: Infobae