Paritaria homologada para el sector comercial
El Gobierno ha oficializado la paritaria de Comercio para el período de abril a junio de 2026, confirmando el acuerdo salarial acordado entre el sindicato y las entidades empresariales, sin modificaciones. Este convenio es de gran relevancia en el ámbito nacional, involucrando a más de 1.200.000 empleados del sector, y comúnmente sirve como benchmark para futuras negociaciones.
El acuerdo proviene de las negociaciones del pasado marzo entre la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).
Estructura del aumento salarial
Se definió un incremento salarial del 5% basado en las escalas de los salarios básicos, tomando como referencia los montos correspondientes al mes de marzo e incluyendo las sumas no remunerativas que estaban vigentes en ese momento. Este aumento se implementará de forma escalonada: 2% en abril, 1.5% en mayo y 1.5% a partir de junio, afectando directamente la liquidación de salarios de los trabajadores abarcados por el convenio.
Además, el acuerdo incluye la entrega de una suma fija no remunerativa de 20.000 pesos, que se añadirá a las cantidades no remunerativas previamente existentes, manteniendo su carácter.
Salarios básicos de abril y mayo 2026
Los salarios básicos iniciales de los empleados de comercio para abril quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Maestranza:
- Categoría A: $1.198.911
- Categoría B: $1.202.029
- Categoría C: $1.212.951
- Administrativo:
- Categoría A: $1.210.613
- Categoría B: $1.215.298
- Categoría C: $1.219.977
- Categoría D: $1.234.022
- Categoría E: $1.245.724
- Categoría F: $1.262.890
- Auxiliar especializado:
- Categoría A: $1.223.879
- Categoría B: $1.237.922
- Cajeros:
- Categoría A: $1.214.513
- Categoría B: $1.219.977
- Categoría C: $1.226.999
- Personal Auxiliar:
- Categoría A: $1.214.513
- Categoría B: $1.222.315
- Categoría C: $1.248.065
- Vendedores:
- Categoría A: $1.214.513
- Categoría B: $1.237.925
- Categoría C: $1.245.724
- Categoría D: $1.262.890
Los salarios para mayo, tras la aplicación de los aumentos, quedarán así:
- Maestranza:
- Categoría A: $1.216.248
- Categoría B: $1.219.412
- Categoría C: $1.230.495
- Administrativo:
- Categoría A: $1.228.122
- Categoría B: $1.232.876
- Categoría C: $1.237.623
- Categoría D: $1.251.875
- Categoría E: $1.263.749
- Categoría F: $1.281.167
- Auxiliar especializado:
- Categoría A: $1.241.335
- Categoría B: $1.255.478
- Personal Auxiliar:
- Categoría A: $1.228.122
- Categoría B: $1.231.286
- Categoría C: $1.243.950
- Cajeros:
- Categoría A: $1.232.022
- Categoría B: $1.237.623
- Categoría C: $1.244.830
- Vendedores:
- Categoría A: $1.232.022
- Categoría B: $1.237.623
- Categoría C: $1.244.830
- Categoría D: $1.251.875
- Categoría E: $1.263.749
- Categoría F: $1.281.167
Contribuciones solidarias y análisis futuro
En adición a los aumentos, se acordó una contribución solidaria adicional para reforzar el sistema de salud, la cual será de 28.000 pesos mensuales por cada trabajador y será cubierta por los empleadores incluidos en el convenio. Este aporte busca asegurar la operativa de la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) en medio de las tensiones inflacionarias.
Por otro lado, tanto los sindicatos como las cámaras empresariales han acordado reunirse en junio de 2026, si alguna de las partes así lo solicita, para evaluar la evolución de las escalas convencionales y otros elementos económicos relevantes.
El titular de FAECYS, Armando Cavalieri, destacó: «Este acuerdo es el resultado de un diálogo maduro y responsable. Somos plenamente conscientes de la difícil situación que atraviesa la economía y que impacta directamente tanto en el bolsillo de los trabajadores como en la operatividad de las pymes y los comercios de cercanía».
Cavalieri también mencionó que uno de los puntos importantes era el valor de la cuota solidaria, que algunos intentaban cuestionar con la intención de dañar a los sindicatos. Resaltó que el asunto se resolvió con la medida cautelar del Juzgado Federal N° 2 de San Martín, que suspendió la aplicación de ciertos artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, de modo que se mantiene la naturaleza de todas las cláusulas convencionales implicadas.
Finalmente, es importante aclarar que los aumentos acordados no serán vinculantes para los acuerdos salariales en la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego, aunque los montos resultantes se considerarán como el mínimo convencional a partir de su homologación.











