Decisión judicial sobre la internación de Pity Álvarez
La Justicia ha dictaminado la internación forzosa del músico Cristian «Pity» Álvarez durante un periodo de 90 días en el marco del juicio por el asesinato de un vecino. Esta resolución se tomó el día martes, tras un intento de escape del artista del hospital Tornú, donde se encontraba debido a una crisis hipertensiva.
Detalles de la medida judicial
El Juzgado Civil ha decidido que Álvarez permanezca en el mismo centro hospitalario hasta que se evalúe su situación y una posible transferencia a una institución de salud mental. Además, el juez ha requerido que el director del hospital presente cada 30 días un informe sobre la evolución del paciente y cualquier otra información relevante.
- Se enfatizó que la internación debe ser considerada un recurso terapéutico restrictivo y que debe durar el tiempo más breve posible.
- Cualquier persona con padecimientos mentales tiene derechos fundamentales y, una vez superada la situación que llevó a la medida, debe ser dada de alta sin necesidad de otra orden judicial.
Condiciones de la internación
La resolución judicial también señala que si se requiere extender la internación más allá de los 90 días, esto debe ser notificado y evaluado ante el tribunal correspondiente. Igualmente, se ha pedido al hospital Tornú que implemente las medidas de seguridad necesarias para impedir que el paciente evada el tratamiento, incluso considerando la posibilidad de una presencia policial, si resulta imperativo.
Evaluaciones en la Clínica Dharma
Por otra parte, se solicitó a la Clínica Dharma que en un lapso de 48 horas informe si aceptará a Álvarez para una posible internación voluntaria. En caso de ser transferido a un centro especializado en salud mental y tratamiento de adicciones, se instó a SADAIC a gestionar urgentemente una vacante en dicha institución.
Este procedimiento judicial se desarrolla en el contexto del juicio por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, incidente ocurrido en 2018. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) Nº 29 deberá comunicar los próximos pasos en este proceso penal.
Informe clínico
Recientemente, la Clínica Dharma comunicó que el paciente fue evaluado el 23 de septiembre y se concluyó un riesgo evidente e inminente para sí mismo y/o para terceros, recomendando una internación psiquiátrica. Se aclaró que este criterio no fue registrado formalmente en el informe, pues usualmente se espera que el paciente reciba el alta clínica antes de realizar tal recomendación, y aún quedaban pendientes varios estudios médicos, como cardiología, diabetología, infectología y toxicología.
En el informe se especifica: «Debido al cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, que afectan de manera patológica su conducta, evaluando un estado de descompensación psicótica aguda y conductas de riesgo, se determinó la necesidad de internación psiquiátrica por riesgo inminente para sí mismo y/o terceros.»











