Fallo judicial sobre recuperación de clases
La Justicia Federal ha ordenado a la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) que recupere las clases perdidas debido a los paros docentes en tres colegios secundarios adscritos a esta institución. En este contexto, el juez federal Leopoldo Rago Gallo emitió un fallo que responde parcialmente a una medida cautelar presentada por un grupo de padres de alumnos, estableciendo un plazo de cinco días para que las autoridades universitarias presenten un plan que asegure la conclusión del ciclo lectivo 2026.
Detalles del fallo
La decisión fue tomada el viernes 9 de octubre en el marco del expediente FMZ 39628/2026, bajo la causa «Fornes Martín, Francisco Daniel y otros c/ Universidad Nacional de San Juan s/ amparo Ley 16.986». La resolución llega en un momento en que las autoridades universitarias, los gremios docentes y las organizaciones estudiantiles se preparan para una nueva Marcha Federal Universitaria programada para el próximo jueves frente al Congreso de la Nación.
Contexto y antecedentes
- Los principales reclamos de la movilización incluyen el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario, incremento salarial para docentes y trabajadores, y un presupuesto adecuado para las universidades públicas.
- El conflicto también aborda la continuidad de las clases en colegios secundarios asociados a universidades nacionales y la necesidad de recuperar contenidos perdidos.
Los padres demandantes reportaron un total de 41 jornadas sin clases, correspondientes a la Escuela Industrial «Domingo Faustino Sarmiento», la Escuela de Comercio «Libertador General San Martín» y el Colegio Central Universitario «Mariano Moreno». Estas instituciones forman parte del sistema de institutos preuniversitarios de la UNSJ.
Acción de los padres
Las familias se agruparon para presentar una acción de amparo colectivo, solicitando que se garantizara el calendario escolar y los días mínimos de clases. Según su relevamiento, las clases se habían visto interrumpidas de manera significativa durante 2026. Esta información fue clave para fundamentar su presentación judicial, que se concretó el 24 de septiembre.
Obligaciones impuestas a la universidad
La universidad deberá adoptar acciones académicas, administrativas y organizativas que aseguren la finalización del ciclo lectivo y la recuperación de las horas y días afectados. El fallo también incluye a la Secretaría Académica y a los rectores de los tres colegios preuniversitarios.
De acuerdo con la Ley 25.864, se exige un mínimo de 180 días efectivos de clases en estos establecimientos, con mecanismos de compensación en caso de interrupciones. El juez, al evaluar la situación educativa, recordó que debe buscarse un equilibrio entre el derecho a la educación y el derecho a la huelga de los docentes.
Falencias en la respuesta educativa
Además, el magistrado subrayó que, aunque las universidades gozan de autonomía, esta no las exime de cumplir con las obligaciones pedagógicas. En este sentido, dejó a las autoridades decidir sobre los métodos para recuperar las clases perdidas.
El escrito judicial también menciona que la situación actual reduce las posibilidades de completar el ciclo lectivo, citando el artículo 14 de la Constitución Nacional sobre el derecho a la educación y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Próximos pasos y contexto de protesta
Tras conocer el fallo, los padres auto convocados informaron a la comunidad educativa sobre los avances en el amparo. Resaltaron que la justicia reconoció las discontinuidades en las clases y la necesidad de un plan de recuperación. Este caso se desarrolla en un contexto de disputas sobre financiamiento y recursos para las universidades, que continúan motivando acciones de protesta.
El fallo fue comunicado a seis días de la movilización programada para el 15 de octubre, la cual busca abordar cuestiones de financiación universitaria y las necesidades salariales del sector educativo en el marco de la discusión presupuestaria para 2027.











