Exención de Patentes en CABA
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha implementado un cambio significativo para el sector automotriz tras extender gestiones que se han prolongado más de diez años. Con la aprobación de la Ley Fiscal 2026, se ha establecido la exención del pago de patentes para comerciantes habitualistas, lo cual se encuentra detallado en el artículo 433 de la nueva normativa. Esta medida se considera un alivio importante para los concesionarios y vendedores profesionales, ya que permite una reducción de costos durante el tiempo que los vehículos permanecen en stock.
Detalles de la Exención
Los vehículos que estén en posesión de los comerciantes habitualistas no tendrán la obligación de pagar **patente** por un periodo de hasta 180 días. Este beneficio se activará desde el momento de la adquisición del vehículo y permanecerá vigente hasta que éste sea revendida, dentro del lapso estipulado.
Requisitos para Acceder al Beneficio
- Los comerciantes deben estar registrados formalmente mediante la solicitud tipo 17 ante la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.
- Es necesario cumplir con las regulaciones establecidas en la normativa actual, la cual regula la actividad bajo el Decreto-Ley Nº 6.582/58 y fue ratificado posteriormente por la Ley Nº 14.467.
Desde el sector, valoraron el esfuerzo conjunto y expresaron su agradecimiento a los directivos y funcionarios que, gracias a su dedicación, han hecho posible este cambio positivo para la actividad comercial automotriz en la ciudad.











