Medidas para simplificar la creación de empresas
El Gobierno de Argentina, a través de la Inspección General de Justicia (IGJ), ha implementado cambios significativos en el régimen de constitución de sociedades. El objetivo de estas modificaciones es reducir las barreras y costos asociados a la formalización de empresas, así como ampliar las posibilidades en la definición de sus actividades.
«Con el propósito principal de disminuir la burocracia, abaratar costos y acelerar el proceso para abrir una empresa, la IGJ simplifica el régimen de constitución de sociedades y flexibiliza el objeto social», afirmó Juan Bautista Mahiques, el ministro de Justicia, a través de su cuenta de X.
Detalles de la nueva normativa
La Resolución General 11/2026, que fue publicada en el Boletín Oficial, deroga un total de 33 artículos reglamentarios y elimina dos resoluciones generales que imponían exigencias adicionales que no estaban contempladas en la normativa básica. Este cambio libera el requisito de dictamen de precalificación para la constitución de sociedades y elimina las restricciones relacionadas con la pluralidad del objeto social.
Dentro de los cambios más importantes se destacan:
- Eliminación del dictamen de precalificación: Ahora, la constitución de sociedades no requerirá este dictamen, aunque su presentación seguirá siendo opcional en ciertos casos.
- Flexibilidad en el objeto social: Se permite que el objeto social incluya múltiples categorías de actividades sin necesidad de conexión entre ellas. Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), se admite expresamente «la realización de cualquier actividad lícita».
- Incorporación de sede electrónica: Las entidades podrán establecer, junto con su sede física, una sede electrónica complementaria mediante el registro de un correo electrónico.
- Aportes en efectivo: Se amplían los métodos aceptables para demostrar la integración de aportes en dinero.
- Cláusula arbitral: Se permite la inclusión de cláusulas arbitrales en los documentos constitutivos.
- Documentos registrables simplificados: Se unifican y simplifican los requisitos para los documentos constitutivos y otros actos posteriores.
Estas modificaciones se hacen en respuesta a la comprobación de que los requisitos abolidos o flexibilizados ya estaban regulados por la Ley General de Sociedades, el Código Civil y Comercial de la Nación, y otras normativas que imponían criterios formales sin una utilidad comprobable.
Regulaciones para activos virtuales
Adicionalmente, la nueva normativa establece normas específicas sobre los aportes de capital realizados a través de activos virtuales, incluyendo criptomonedas. En estos casos, los documentos constitutivos deberán detallar la clase, cantidad y valor asignado a los activos, así como identificar al socio que realiza el aporte. También se deberá validar que el aportante poseía esos activos antes de contribuir y depositarlos en una billetera o plataforma de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), a nombre de los administradores designados. El valor de los activos deberá confirmarse mediante una certificación profesional o una cotización emitida por un PSAV.
Según informaron fuentes oficiales, esta medida forma parte de un continuo proceso de revisión y optimización de las normativas llevado a cabo por la IGJ durante el presente año. Este proceso incluye también cambios en la inscripción de directores y administradores societarios, la digitalización registral, la presentación de estados contables, notificaciones electrónicas y la gestión digital.
Es importante señalar que en Argentina, iniciar una actividad económica puede requerir hasta 4.496 horas de trámites, más del doble del promedio latinoamericano de 2.005 horas, según el Índice de Burocracia del Adam Smith Center 2025.











