Contexto de la Pérdida de Equipaje
Un pasajero proveniente de Bariloche experimentó una situación inesperada al llegar a Aeroparque, donde se dio cuenta de que su equipaje no había llegado a su destino. A pesar de haber realizado el reclamo el mismo día de su aterrizaje, la maleta nunca fue recuperada, lo que lo llevó a tomar acciones legales contra la aerolínea.
Proceso Judicial y Fallo
Después de más de ocho años de litigio, la Justicia falló a favor del demandante, obligando a la aerolínea a indemnizarlo con un total de $440.000 más intereses. El viaje en cuestión tuvo lugar el 17 de febrero de 2018, cuando el hombre voló de Bariloche a Buenos Aires.
Al llegar al Aeroparque Jorge Newbery, se encontró sin su equipaje, que contenía ropa, recuerdos adquiridos en su viaje, una cámara, y otros objetos de valor, lo que motivó su reclamo inicial. A pesar de que un familiar realizó posteriormente una consulta en la oficina de objetos perdidos, el problema persistió sin respuestas adecuadas.
Determinaciones del Juzgado
El caso fue llevado ante el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 4. Durante el juicio, la aerolínea intentó eludir su responsabilidad acusando a la empresa de servicios de rampa. No obstante, el juez determinó que era responsabilidad de la aerolínea garantizar la entrega del equipaje perdido.
Uno de los puntos destacados en el fallo fue la falta de cooperación por parte de la aerolínea, que no proporcionó información relevante ni colaboró durante la pericia contable, complicando la valoración de los objetos perdidos.
Compensación por Daños
El pasajero no contaba con recibos que facilitaran la verificación del contenido y valor de cada artículo dentro de la valija. Por ello, el magistrado se valió de la descripción de los bienes y las características del viaje para estimar una indemnización justa. En resumen, el tribunal dictó una compensación de $400.000 por daños materiales y $40.000 por daños morales, considerando que la pérdida del equipaje generó angustia y estrés al pasajero.
Además, se ordenó que los intereses se calcularan desde la fecha en que ocurrió el extravío, aplicando la tasa activa del Banco Nación. Por otro lado, la demanda contra la empresa de servicios de rampa fue desestimada al no demostrarse su participación directa en el problema. Todos los gastos del juicio quedaron a cargo de la aerolínea.










